viernes, 13 de agosto de 2010

1290 I.E.D HERNÁN VENEGAS CARRILLO DE TOCAIMA

SISTEMA DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL INTITUCIÓN EDUCATIVA HERNÁN VENEGAS CARRILLO DE TOCAIMA 2010

Por la cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y Media Técnica de la Institución Educativa Departamental HERNÁN VENEGAS CARRILLO del Municipio de Tocaima (Cundinamarca).


EL RECTOR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL HERNÁN VENEGAS CARRILLO del Municipio de Tocaima, departamento de Cundinamarca, en ejercicio de sus funciones

CONSIDERANDO:
Que el artículo 79 de la Ley 115 de 1994 ordena que los establecimientos educativos al definir su plan de estudios, deben establecer entre otros aspectos los criterios de evaluación del educando;
Que según lo establecido en el artículo 148 de la Ley 115 de 1994, el Ministerio de Educación Nacional, en cuanto al servicio público educativo, tiene entre las funciones de inspección y vigilancia la de fijar los criterios para evaluar el rendimiento escolar de los educandos y para su promoción a niveles superiores;
Que de acuerdo con lo dispuesto por los numerales 5.5 y 5.6 del artículo 5º de la Ley 715 de 2001, le corresponde a la Nación establecer las normas técnicas curriculares y pedagógicas para los niveles de la educación preescolar, básica y media, sin perjuicio de la autonomía escolar que tienen los establecimientos educativos y de la especificidad de tipo regional y definir, diseñar y establecer instrumentos y mecanismos para el mejoramiento de la calidad de la educación,
Que de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1290 de 2009 en el artículo 11 le corresponde a la Institución Educativa Definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de estudiantes, después de su aprobación por el consejo académico. Incorporar en el proyecto educativo institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes, definidos por el consejo directivo.


RESUELVE

ARTICULO 1º AMBITO DE APLICACIÓN: Las normas reglamentarias contenidas en el presente acuerdo, se aplican en la Institución Educativa Departamental HERNÁN VENEGAS CARRILLO institución de servicio público de educación formal en los niveles de Pre-escolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Técnica para cada una de las Sedes que conforman la Institución.

ARTICULO 2º PROPOSITOS DE LA EVALUACION:

Fundamentado en lo señalado por el articulo 3 del decreto 1290 de 2009
1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.
4. Determinar la promoción de estudiantes.
5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.

ARTÍCULO 3° EVALUACIÓN DE LOS EDUCANDOS
La Institución educativa departamental Hernán Venegas Carrillo De Tocaima, concibe la evaluación como una acción intersubjetiva y comunicativa que facilita el aprendizaje, desempeño y actitudes de los estudiantes; tomando como punto de referencia el Proyecto Educativo institucional, permitiendo conocer, comprender, verificar y valorar los procesos de la actividad de docentes, estudiantes y comunidad educativa en general, para orientar el que hacer pedagógico, con el fin de mejorar la calidad educativa para lograr la formación de un estudiante integral.

La evaluación esta centrada en la misión y visión de la institución, los entandares curriculares establecidos por el Ministerio de Educación Nacional y la formación por competencias básica, ciudadanas, y laborales, que se desarrollan en los niveles de educación básica primaria, básica secundaria, media técnica

ARTÍCULO 4º CRITERIOS DE EVALUACIÓN

NIVEL DE DESEMPEÑO SUPERIOR

Asume un comportamiento excelente y acorde con los valores y la filosofía propuesta por la Institución, cumpliendo óptimamente los logros propuestos y ejecutando de manera apropiada los proceso que le permitan enriquecer su aprendizaje.

Criterios de Evaluación

Participa activamente en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades pedagógicas emprendidas en el aula a fin de alcanzar las metas de aprendizaje propuestos, cumplimiento expresado en términos de tiempo, idoneidad, y desarrollo de la actividad según las características acordadas por el docente y los estudiantes durante el proceso pedagógico.

Muestra interés y compromiso hacia el proceso de aprendizaje, reflejado en disposición, preocupación y esfuerzo permanente por alcanzar las metas de aprendizaje, así como la búsqueda de un buen clima escolar, por medio de la cooperación y contribución a la convivencia escolar-

Maneja adecuadamente los conceptos aprendidos y los relaciona con experiencias vividas, adoptando una posición crítica.

Participa activamente en el desempeño y desarrollo de las actividades en el aula.

El trabajo en el aula es constante y enriquece al grupo.

Su comportamiento y actitud contribuye a la dinámica del grupo.

Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las temáticas vistas en clase.

Asume con responsabilidad sus compromisos académicos.

Presenta puntualmente sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta con propiedad.

Presenta excusas justificadas a tiempo sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado.

Alcanza todos los logros propuestos sin actividades complementarias.

No presenta dificultades en su comportamiento.

Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución.

El trabajo en el aula es constante aportando con discreción al grupo.








b. NIVEL DE DESEMPEÑO ALTO

Mantiene una actitud positiva y un comportamiento sobresaliente dentro de los valores y la filosofía de la Institución, alcanzando satisfactoriamente los logros propuestos, en su proceso de aprendizaje.

CRITERIOS DE EVALUACION

Alcanza las competencias propuestas en los planes de área, recurriendo a actividades complementarias o de refuerzo sin son necesarias.

Muestra interés y compromiso hacia el proceso de aprendizaje, reflejado en disposición, preocupación y esfuerzo permanente por alcanzar las metas de aprendizaje, así como la búsqueda de un buen clima escolar, por medio de la cooperación y contribución a la convivencia escolar.

Maneja y argumenta los conceptos aprendidos en clase.

Participa moderadamente en el desarrollo de las actividades en el aula.

Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.

Emplea diferentes fuentes de información y lleva registros.

Presenta a tiempo sus trabajos, consultas y tareas.

Alcanza todos los desempeños propuestos pero con algunas actividades complementarias.

Presenta excusas justificadas.

Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución.





c. NIVEL DE DESEMPEÑO BASICO

Alcanza las competencias propuestas en los planes de área aceptablemente, recurriendo a actividades complementarias o de refuerzo dicho alcance denota como mínimo la comprensión de los conceptos referentes a las áreas de formación, dificultades en la proyección de dichos conocimientos.


CRITERIOS DE EVALUACION

Alcanza los desempeños mínimos con actividades complementarias dentro del período académico.

Participa eventualmente en clase.

Relaciona los conceptos aprendidos con experiencias de su vida pero necesita de colaboración para hacerlo.

Su trabajo en el aula es inconstante.

Su comportamiento académico y formativo es inconstante.

Presenta dificultades de comportamiento.

Emplea diferentes fuentes de información y lleva registros.

Es inconstante en la presentación de sus trabajos, consultas y tareas; las argumenta con dificultad.

Le cuesta aportar ideas que aclaren los conceptos vistos.

Presenta faltas de asistencia justificadas e injustificadas.

Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución.






d. NIVEL DE DESEMPEÑO BAJO

Presenta dificultades en el desarrollo educativo y de desinterés ante los valores, la filosofía del colegio y los requerimientos mínimos para alcanzar las competencias propuestas en los planes de área.

Muestra escaso interés y compromiso hacia el proceso de aprendizaje, reflejado en poca disposición, preocupación y esfuerzo por alcanzar las metas de aprendizaje o por entorpecimiento del clima y la convivencia escolar.

CRITERIOS

No alcanza los desempeños mínimos y requiere actividades de refuerzo y superación, sin embargo después de realizadas las actividades de recuperación no logra superar los logros previstos.

Manifiesta poco interés por aclara las dudas sobre las temáticas trabajadas.

Necesita ayuda constante para profundizar conceptos.

Evidencia desinterés frente a sus compromisos académicos.

Afecta con su comportamiento la dinámica del grupo.

Registra eventualmente sus consultas y el desarrollo de las temáticas.

El ritmo de trabajo es inconstante.

Presenta faltas de asistencia injustificadas.

No tiene sentido de pertenencia Institucional.

PRINCIPIOS DE LA EVALAUCIÓN

Contextual: Considere y tenga en cuenta el ámbito social y familiar del estudiante.
Equitativa: En cuanto a las oportunidades y estrategias ofrecidas a los estudiantes para la obtención de sus aprendizajes
Continua: Es permanente, de seguimiento que permita observar el progreso y las dificultades que se presenten en su proceso de formación
Integral: Tendrá en cuenta todos los aspectos del desarrollo del estudiante, además de hacerle participe de su evaluación ( autoevaluación ) y la de sus pares (Coevaluación)
Sistemática: Teniendo en cuenta que se evalúa los fines de la educación, los estándares, lineamientos curriculares y competencias de las diferentes áreas y niveles.
Personalizada: Se tendrá en cuenta los ritmos de desarrollo del estudiante en sus distintos aspectos de interés, capacidades, ritmos de aprendizaje, dificultades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social.
Formativa: Nos permite reorientar los procesos y metodologías educativas en el que hacer pedagógico y permite identificar fortalezas y debilidades en el estudiante para que sea participe mejoramiento integral.

Como se va a evaluar

Evaluar a cada estudiante desde ejercicios comprometidos con el descentramiento que permitan observar al estudiante en la clase, en el descanso, en las actividades de rutina, en las interacciones sociales. En este compromiso también es importante revisar sus cuadernos y carpetas, atendiendo la objetividad de sus apuntes, la profundidad de sus consultas, sus aportes, su estructura organizativa y su estética entre otras variables valorativas.

Las valoraciones se realizaran por medio de previas o exámenes con diferentes formas de cuestionamiento o interrogación como preguntas de selección múltiple con única respuesta, preguntas de selección múltiple con múltiple respuesta, preguntas de completar, de argumentación, deducción, desarrollo, de inferencia, de aplicación, y proposición, diseño o creación

Se realizarán evaluaciones de periodo en las diferentes áreas y asignaturas. Para la nota final del periodo la valoración de las evaluaciones será del 30%. Las evaluaciones serán presentadas por todos los estudiantes en cada periodo.

Nota: En el cuarto periodo los alumnos de once que obtengan un puntaje de 70 o más en la prueba de estado ICFES en alguna(s) de las asignaturas evaluadas será eximido de la evaluación de periodo.
• Las áreas cuyas actividades académicas son más prácticas que teóricas, podrán realizar la respectiva evaluación durante las clases de las semanas programadas para las evaluaciones de periodo.
• En el grado 11° los alumnos presentan simulacros ICFES programados por la institución, cuyos resultados serán tenidos en cuenta para el seguimiento de las asignaturas /áreas en cada periodo dentro de la valoración del 40% correspondiente al saber.
• Las evaluaciones de periodo, comprenderán los temas básicos estudiados durante el mismo. Podrá incluir temáticas anteriores previa información a los estudiantes. De igual forma los estudiantes de grados Décimo y Once deberán presentar evaluaciones SENA, las cuales deben ser superadas satisfactoriamente con un promedio mínimo de 3.5 en definitiva para poder aprobar el año lectivo. En el caso de perder un área de la media técnica, el alumno no podrá aprobar al año siguiente.

• FRAUDE: el fraude en cualquier actividad académica, afectará su valoración con nota numérica de 0 (cero) en dicha actividad, más lo que contempla el manual de convivencia.
Acuerdo pedagógico

Al empezar cada periodo académico el docente y el estudiante, se pondrán de acuerdo en:
Qué se va evaluar
Cómo, con qué instrumentos se va evaluar y que parámetros se tendrá en cuenta.
Cuando se va evaluar
El tiempo que dispone para realizar su trabajo de evaluación
Nota: El estudiante debe recibir la devolución de las correcciones y las razones de su concepto evaluativo, para que comprenda las causas de sus errores e intente corregir y reflexionar sobre todo el proceso evaluativo

ARTÌCULO 5º LA ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.

Según el decreto 1290 de 2009 el Colegio Hernán Venegas Carrillo evaluará integral y permanentemente a los estudiantes en cada una de las áreas teniendo en cuenta la siguiente escala de valoración:
Se harán valoraciones numéricas de 1 a 5 de la siguiente forma:

1.0– 2.95 Nivel Bajo
3.0 – 3.75 Nivel Básico
3.8 – 4.55 Nivel Alto
4.6 – 5.0 Nivel Superior

Los estudiantes que en su calificación final obtengan una nota superior a 2.95 será aproximado automáticamente a 3.0. De igual manera el que obtenga nota superior a 3.75 pasará automáticamente a 3.8 y el que obtenga nota superior a 4.55 pasará automáticamente a 4.6.
En virtud de lo anterior y de acuerdo al decreto 1290 de 2009 el cual confiere autonomía a las Instituciones Educativas para establecer criterios de evaluación se propone los siguientes:

ITEM EVALUADO
DESEMPEÑO BAJO
DESEMPEÑO BASICO
DESEMPEÑO ALTO
DESEMPEÑO SUPERIOR MAXIMO PUNTAJE

1.0 CONSTRUCCION DEL CONOCIMIENTO
El estudiante no desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.


1.0 – 2.95 El estudiante conoce los conceptos vistos en clase pero se le dificulta su respectivo análisis.

3.0 – 3.75 El estudiante comprende y analiza los conceptos orientados durante el periodo.

3.8 – 4.55 Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas.

4.6 – 5.0


5.0

2.0 PARTICIPACION DE ACTIVIDADES EN GRUPOS El estudiante no participa en las actividades asignadas por grupos.


1.0 – 2.95 El estudiante participa en las actividades de grupo pero no sustenta los trabajos.

3.0 – 3.75
El estudiante participa, argumenta y presenta oportunamente los trabajos.


3.8 – 4.55 El estudiante desarrolla y sustenta los trabajos cumpliendo con los objetivos propuestos.

4.6 – 5.0
5.0

3.0 DESEMPEÑO IINDIVIDUAL Es apático en el desarrollo de actividades propuestas.

1.0 – 2.95 Presenta actividades oportunamente pero no las sustenta.
3.0 – 3.75 Presenta actividades oportunas, analiza y sustenta con claridad.

3.8 – 4.55 Presenta actividades con pulcritud, es creativo y hace aportes personales.

4.6 – 5.0
5.0

4.0 PRINCIPIOS Y VALORES EN EL AREA Es irresponsable, irrespetuoso, intolerante y no acata órdenes.

1.0 – 2.95 En ocasiones es agresivo pero atiende las sugerencias.

3.0 – 3.75 Acepta el dialogo como elemento de reflexión y solución de conflictos.

3.8 – 4.55 Influye positivamente en el grupo y es conciliador, tiene sentido de pertenencia institucional.
4.6 – 5.0
5.0

5.0 ASISTENCIA Y PRESENTACION PERSONAL No se preocupa por su presentación personal y su inasistencia afecta el rendimiento académico.

1.0 – 2.95 Descuida su presentación personal y no justifica su inasistencia a clase.

3.0 – 3.75 Su presentación personal es buena, presenta faltas de asistencia justificadas.

3.8 – 4.55 Su presentación personal y asistencia son excelentes.

4.6 – 5.0

5.0

6.0 AUTOEVALUACION No cumple con las exigencias mínimas para el alcance de los logros.

1.0 – 2.95 Cumple con las exigencias mínimas pactadas en la asignatura.

3.0 – 3.75
Reconoce y supera sus dificultades.

3.8 – 4.55 Valora y promueve automáticamente su propio desarrollo y el de los demás.

4.6 – 5.0
5.0

7.0 COEVALUACION No presta apoyo a sus compañeros para superar dificultades académicas.

1.0 – 2.95 Su participación de trabajo en equipo es mínima.



3.0 – 3.75 Ayuda a sus compañeros para obtener un buen desempeño académico y personal.
3.8 – 4.55 Es un buen líder y su desempeño con los compañeros de trabajo es excelente.


4.6 – 5.0
5.0

ARTÍCULO 6º LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA. Y ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES:

En cumplimiento del Art. 11 numerales 4 y 6 del Decreto 1290, la Institución establece que:

1. Se establecen cuatro periodos escolares, Al finalizar cada uno de los cuatro períodos del año escolar, los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se dé cuenta de los avances de los educandos en el proceso formativo en cada una de las áreas y asignaturas, este informe escrito esta sujeto al formato o modelo establecido por el SIGES de la secretaria de educación del Departamento. Estos informes escritos deberán ser descriptivos, explicativos, objetivos y en un lenguaje claro y accesible a la comunidad, con dos escalas valorativas, una numérica de 1.0 a 5.0 y su respectiva equivalencia con la escala nacional. Este deberá incluir información detallada acerca de las fortalezas y dificultades que haya presentado el educando en cualquiera de las áreas, y establecerá recomendaciones y estrategias para mejorar.


2. Al finalizar el año escolar se entregará a los padres de familia o acudientes un informe final que incluirá una evaluación integral del rendimiento del estudiante para cada área y asignatura durante todo el año. Esta evaluación tendrá en cuenta el cumplimiento por parte del estudiante de los compromisos que haya adquirido para superar dificultades en períodos anteriores.

3. Si al finalizar los cuatro periodos académicos el número de áreas con desempeño bajo es inferior a tres, el estudiante deberá presentar una actividad de nivelación la cual debe ser satisfactoria para ser promovido al siguiente año, ésta actividad debe estar compuesta por cada uno de los tres saberes estipulados en este documento (Saber, Saber Hacer, Saber Ser, Autoevaluación, Coevaluación) manteniendo los porcentajes estipulados.

4. Las directivas de la Institución deben programar y atender las citaciones de padres de familia para tratar temas relacionados con la educación de sus hijos, en particular para aclaraciones sobre los informes de evaluación.

ARTICULO 7º REGISTRO DE CONSOLIDADOS Y VALORACIONES: En la institución educativa se llevará un consolidado actualizado que contenga por, Asignatura, Curso y Periodo, el informe final de evaluación de cada periodo que haya cursado en la institución, de igual forma en el quinto informe o informe final se harán dos consolidados uno por asignatura y otro por área.

La nota que se entregue en los consolidados y que se suba al SIGES, debe estar compuesta por un número entero y una sola cifra decimal. Ejemplo: 3.5- 4.8-1.5, 3.0 etc. En el caso que la nota final posea dos cifras decimales, y la segunda cifra decimal sea SUPERIOR a .5 se sube al entero siguiente; si es igual o inferior a .5 se deja la que esta., de tal forma que al entregar la nota final este compuesta por un entero y un solo decimal Ejemplos 2.99 se debe ingresar en el SIGES y en consolidados 3.0, 3.55 se debe ingresar en el SIGES y en consolidados 3.5, 3.56 se debe ingresar en el SIGES y en consolidados 3.6.

De igual forma, al momento de alimentar el SIGES se deben introducir las notas de asignatura y área, sin importar que sea la misma. El producto de la nota de área será igual a la suma de las notas de cada asignatura dividida por el número de asignaturas que conforman el área. La nota de Comportamiento es de gran importancia; razón por la que cada director de grupo debe ingresarla con los correspondientes descriptores, tanto como asignatura como área.
Es deber y responsabilidad de la coordinación académica no aceptar notas si no se encuentra el reporte de las fallas, las que deben aparecer también en SIGES.

PARAGRAFO 1. No existen recuperaciones periódicas, la nota definitiva de cada asignatura y área es el producto de la ponderación de la suma de cada periodo que se dará en el quinto informa. Solamente al finalizar el cuarto periodo se realizara una actividad de nivelación con los estudiantes que no alcancen el nivel de desempeño básico.

PARAGRAFO 2.
Los grados preescolar y las sedes de educación en el sector Rural, se deberán acoger y asimilar los mismos criterios estipulados en el presente documento.

ARTÍCULO 8º. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:

1. Siguiendo los parámetros establecidos por el decreto 1290 en su Artículo11, numerales 3, 5 y 8, el Rector conformará para cada Grado una Comisión de Evaluación y Promoción la cual se reunirá al finalizar cada período escolar con el fin de analizar los casos de estudiantes que hayan quedado en la valoración final de cada periodo con tres áreas o más con desempeño bajo y se harán recomendaciones generales o particulares a profesores u otras instancias del colegio.

2. La Comisión de Evaluación y Promoción analizará las condiciones del estudiante y remitirá a la instancia que corresponda para citar a reunión a padres de familia o acudiente junto con el estudiante con el fin de seguir el conducto regular estipulado en el presente manual de convivencia y acordar los compromisos por parte de los involucrados.

3. Estará integrada por:
a. El Rector o su delegado
b. Coordinador Académico
c. Director de Grado
d. Un Padre familia Representante por cada grado.

4. Funciones:

c. También se analizarán los casos de educandos con desempeño excepcionalmente alto con el fin de recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipada se aclara que la promoción anticipada sólo puede darse en el primer periodo.
d. Todas las decisiones, observaciones y recomendaciones de las Comisiones se consignarán en actas y estas serán la base para posteriormente tomar las decisiones acerca de la promoción de estudiantes.

Artículo No. 9° LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.

1. Los Docentes en su encuadre pedagógico y guías de trabajo definirá unos procesos y estrategias que serán llevados a cabo dentro del horario que se establezca y que propenden por el mejoramiento de aquellos estudiantes que hayan quedado con desempeño bajo en el transcurso de un periodo académico.

2. Los Docentes en su encuadre pedagógico y guías de trabajo definirá unos procesos y estrategias que serán llevados a cabo dentro del horario de clase de cada docente, para el mejoramiento de aquellos estudiantes que hayan quedado con Desempeño Básico en el transcurso del Periodo Académico.

3. Esta actividad es una responsabilidad compartida por el estudiante, los docentes y los padres de familia o acudientes. (Decreto 1860 Art. 49; Decreto 1290 Art. 13 y 15 y el Decreto 1098 Art. 14 y 39 núm. 8).

4. Se define un formato llamado Plan de Superación Final que se entregara al finalizar el cuarto periodo a los estudiantes cuyo promedio final en la valoración por área sea inferior a 3.0 el cual incluye: la descripción de la situación académica del estudiante, la estrategia de refuerzo pertinente para la superación de los logros, (entrega de taller previo, asesoría personalizada) y la presentación de una prueba escrita y sustentación.


5. Obligación especial de la familia: El padre o acudiente una vez enterado a través de cualquier medio, sobre el desempeño bajo del estudiante, deberá presentarse inmediatamente ante el profesor de la materia y/o titular de curso para definir y seguir el plan de mejoramiento académico individual entregado al final del año, lo que no implica que en el transcurso del año escolar deba estar pendiente en primera instancia de los compromisos y desarrollo académico del estudiante. La Comisión de Evaluación y Promoción respectiva revisará el cumplimiento de los compromisos inscritos entre el padre de familia y el colegio. El eventual incumplimiento será causal para estudiar la permanencia del estudiante en la institución sin perjuicio del derecho al debido proceso. (Decreto 1860 Art. 49; Decreto 1290 Art. 13 y 15 y Decreto 1098 Art. 26).

ARTICULO 10º DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES: teniendo en cuenta las orientaciones del articulo 3 del Decreto 1290 la Institución establece una guía académica mediante acuerdo del Consejo Académico donde se expresan las actividades a desarrollar por el estudiante como son: Actividades Extra clase, Actividades Individuales, Trabajo en Equipo, Pruebas Escritas, Orales, y la Pruebas Tipo Icfes al finalizar cada periodo.

La guía debe expresar de forma clara el valor porcentual de cada actividad programada con respecto a la nota final del periodo, además el cronograma de las actividades y las actividades de nivelación pertinente para cada actividad.

Las actividades grupales o individuales organizadas por la institución educativa para aquellos estudiantes que requieran apoyo especial al superar las insuficiencias en la consecución de logros educativos, es un componente esencial de las actividades pedagógicas ordinarias. Por lo tanto, no se podrán programar jornadas específicas que afecten la permanencia de los demás estudiantes en la institución.

Para que el informe sea más justo, equitativo y unificado la institución en concertación con el consejo académico ha adoptado una tabla de valoración en los siguientes términos para la evaluación del proceso académicos de los estudiantes.


PARAGRAFO 3º: El docente dará a conocer la guía académica al estudiante al comenzar cada periodo dando a conocer las diversas actividades a realizar especificando como ha de ser la sustentación del conocimiento. Estas Actividades tendrán una valor de 70% del total de las actividades realizadas por el estudiante.
PARAGRAFO 4º: Las Evaluaciones Tipos Icfes se realizarán antes de finalizar cada periodo, deben contener los diversos tipos de preguntas y un número determinado de preguntas. Se efectuará en dos sesiones. La Evaluación tipo Icfes tendrá un valor dentro del porcentaje del 40% del total de las actividades realizadas por el estudiante.
PARAGRAFO 5º Al finalizar cada periodo se debe tener en cuenta los aspectos académicos, personales (presentación personal, interés por el aprendizaje, puntualidad) y sociales del estudiante (La Tolerancia, El respeto por el compañero y el Superior, comportamiento en su entorno). Y la calificación debe ajustarse a los criterios de la tabla anterior.
PARAGRAFO 6º Los estudiantes que presenten insuficiencia durante cada periodo el Docente elaborara un acta donde quede establecido los aspectos a mejorar, los compromisos y la responsabilidad o compromiso del acudiente en el proceso. En caso que el estudiante no alcance el nivel de desempeño esperado,su valoración de periodo será Desempeño Bajo y el estudiante que supere las insuficiencias con las actividades de nivelación será valorado con Desempeño Básico

ARTÍCULO 11º. PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS.
Al finalizar el año, la Comisión de evaluación y promoción de cada grado será la encargada de determinar cuáles educandos deberán repetir un grado determinado, teniendo en cuenta los siguientes criterios.

Criterios de Promoción por Grados.

1. Al finalizar el año escolar la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado se encargará de determinar cuáles estudiantes deben repetir un grado determinado, atendiendo a las directrices consignadas en la Ley o en nuestro Manual de Convivencia.
2. La Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado podrá determinar que un estudiante es candidato para repetir el año cuando se encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
a. Estudiantes con evaluación final con desempeño bajo en tres o más áreas.

b. Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el año escolar


c. Cuando un área está conformada por dos asignaturas o más, según el plan de estudios definido para ese grado y año respectivo, es condición necesaria para aprobar el área el que en todas las asignaturas se superen los logros definidos.

d. Es responsabilidad de la Comisión de evaluación y promoción estudiar el caso de cada uno de los educandos considerados para la repetición de un grado y decidir acerca de ésta teniendo en cuenta los aspectos personales y sociales. Cada estudiante deberá tener su situación definida al finalizar el año escolar, para poder ser promovido al grado siguiente.

e. Los estudiantes que posean una valoración en el nivel bajo en dos áreas deberán presentar y aprobar las actividades de superación y nivelación en la fecha acordada en el acuerdo pedagógico, de lo contrario cada caso será estudiado en las comisiones de promoción y evaluación determinando si el estudiante debe o no repetir el año.

Criterios para la promoción y graduación de bachilleres:
1. Para obtener el Título de BACHILLER TÈCNICO, el estudiante deberá ser promovido según lo contemplado en el Decreto 1290. Cumplir con todas las asignaturas y áreas de la modalidad técnica, sin tener logros pendientes en las mismas y con un número de fallas que no supere el 25% de la intensidad horaria de cada área o asignatura. De igual forma, debe cumplir con los requerimientos exigidos por el MEN y la Secretaría de Educación de Cundinamarca para tal efecto, como el Servicio Social Obligatorio (Ley 115 de 1994 y decreto 1860 de 1994) entre otros.

2. Los casos particulares deberán ser objeto de análisis y estudio por parte de la respectiva Comisión de Evaluación y Promoción quien atendiendo a las directrices consignadas en la Ley y en la presente reglamentación Manual, definirá su graduación.

ARTÍCULO 12º. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO.
Los docentes titulares de la Educación Básica (la media técnica no se tendrá en cuenta por su articulación con el SENA) luego de un consenso general, emitirán por escrito a la comisión de promoción y evaluación el grado de manera anticipada de aquellos estudiantes que demuestren capacidades y valores durante el primer periodo del año lectivo.
Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en todas las áreas y cuyo rendimiento avalado por el boletín emitido en el primer periodo no presente valoraciones de rendimiento básico en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias propias del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva en el registro escolar.
PARAGRAFO 7: La promoción anticipada sólo será Posible en los grados de educación Básica (6 hasta 9). No se podrá promover estudiantes a grado decimo y once, porque se perjudicaría el proceso de articulación SENA que al termino del segundo periodo el estudiantes de los grados de la Media técnica, ya tiene adelantado.

ARTÍCULO 13º. ACTIVIDADES DE SUPERACIÓN Y NIVELACIÓN. Todo estudiante que haya obtenido Desempeño Bajo en la evaluación final de una o dos áreas presentará una nueva evaluación dentro de esas áreas a más tardar la semana anterior al comienzo del siguiente año escolar. Esta evaluación se basará en un Plan de Mejoramiento pertinente con las dificultades que presentó el educando y que el profesor del área le entregará al finalizar el año escolar. La recuperación se evalúa y su resultado, ya sea esto aprobatorio o no, deberá quedar consignado en el registro escolar del educando.

ARTÍCULO 14º EDUCANDOS NO PROMOVIDOS. Atendiendo a las directrices del Art. 7 del Decreto 1290 El establecimiento educativo deberá diseñar programas específicos para educandos no promovidos al grado siguiente. En todos los casos, hará un seguimiento del educando y favorecerá su promoción durante el grado, en la medida en que éste demuestre la superación de las insuficiencias académicas que no aconsejaron su promoción.

Para poder ser promovido al grado siguiente, es condición necesaria el que alcance un desempeño alto en todas las pruebas destinadas para tal fin, con el fin de demostrar que se encuentra nivelado con el resto del grupo.

ARTÍCULO 15. LAS INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

Los estudiantes y padres de familia o acudientes que consideren lesionados sus derechos escolares, presentarán por escrito solicitud respetuosa a las siguientes instancias.

1. Docente del área y/o asignatura.
2. Coordinación académica y/o Convivencia y Talentos Humanos.
3. Comisión de evaluación y promoción.
4. Consejo académico.
5. Rector.
6. Consejo directivo.


15.1 Procedimientos:
Los estudiantes, padres de familia y/o acudientes presentarán su queja o reclamo al docente del área o asignatura en forma escrita aportando los soportes pertinentes para realizar el análisis respectivo dentro del horario establecido por la institución para atender a los padres.
El docente luego de analizar las evidencias de la queja o reclamo la resolverá en un término máximo de dos días hábiles, comunicando a las partes y a coordinación académica y/o de convivencia y dejando constancia de tal respuesta en el observador del estudiante.
Si la respuesta dada al estudiante, al padre de familia y/o acudiente no es satisfactoria este acudirá a las siguientes instancias en el orden preestablecido en este sistema y en forma escrita quienes en tiempo prudencial darán respuesta por escrito y dejarán constancia en acta correspondiente.
Si la respuesta es satisfactoria al estudiante o padre de familia, se aplicarán los correctivos pertinentes dejando igualmente constancia de estos en un acta levantada por la última instancia que atendió el caso, la cual debe ser remitida a rectoría.

Mecanismos de atención:

1. Atención directa del acudiente y/o padre de familia por la instancia competente dentro del horario establecido por la institución.
2. Aplicación de los procedimientos definidos por la institución para las quejas y/o reclamos.
3. Respuesta a las solicitudes escritas por los padres y/o acudientes.

ARTICULO 16º RESPONSABILIDAD DE LA INSTITUCIÓN: El Coordinador Académico con los Consolidados de cada periodo presentará al Consejo Académico un informe que permita consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo y presentar propuestas para el plan de Mejoramiento Institucional.


ARTICULO 17º TRANSITORIO NIVELACION

El Consejo Académico emitirá un acuerdo convocando a una nivelación al iniciar el año lectivo 2010 a los estudiantes que hayan perdido mas de tres asignaturas con el propósito que inicien el nuevo proceso de evaluación y promoción.

El alumno debe asistir al 100% de la intensidad horario asignada a la nivelación y presentar todas las actividades previstas dentro del proceso de nivelación.

En caso que un estudiante convocado a la nivelación no asista o no cumple con las actividades previstas se elabora un acta dejando constancia de ello

ARTICULO 18º: El presente documento fue aprobado por el Consejo Directivo


Mag. FABIO EDILBERTO JARA CRUZ
Rector

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